Las ayudas del FEOGA, que se centrarán en las actividades agrarias y en su reconversión, podrán tener por objeto:
-La mejora de las estructuras de las explotaciones agrarias y de la transformación y comercialización de los productos agrícolas,
-La reconversión y reorientación de la capacidad de producción agraria, la introducción de nuevas tecnologías y la mejora de la calidad de los productos,
-El fomento de la producción no alimentaria,
-El desarrollo sostenible de los bosques,
-La diversificación de las actividades con la creación de otras de carácter complementario o alternativo,
-El mantenimiento y consolidación de un tejido social viable en las zonas rurales,
-El desarrollo de las actividades económicas y el mantenimiento y creación de puestos de trabajo con objeto de garantizar una mejor explotación del potencial intrínseco actual,
-La mejora de las condiciones de trabajo y de vida,
-El mantenimiento y fomento de sistemas agrícolas de bajos insumos,
-La conservación y promoción de una naturaleza de alta calidad y de una agricultura sostenible que respete las exigencias mediomabientales,
-La eliminación de las desigualdades entre hombres y mujeres y el fomento de iguales oportunidades para ambos mediante el apoyo a proyectos cuya iniciativa y ejecución corra a cargo de mujeres.
Para más información:
http://www.sifemurcia-europa.com/2002/disposiciones/pdf/FEOGA1257.pdf |